La fiscalización puede tocar tu puerta

5 Octubre, 2020 / 7:44 am

La fiscalización está más fuerte que nunca. La baja recaudación en estos meses obliga a ello al Fisco, quien no cesa en sus Requerimientos, Esquelas, etc.

Debemos recordar que la SUNAT nos puede efectuar una fiscalización parcial (sobre por ejemplo un tema específico como podrían ser los gastos de viaje de una empresa), o definitiva (atendiendo a todas las erogaciones efectuadas por una empresa).

También nos pueden revisar por base cierta (en base a documentos existentes) o a través de la base presuntiva, en razón a los supuestos habilitantes que están incluidos como lista taxativa en el artículo 64° del Código Tributario. Esta última revisión es muy nociva pues los resultados de ella no son discutibles por el contribuyente, atentando ello contra nuestro derecho de defensa, consagrado por la Constitución.

Las recomendaciones ante esas posibles fiscalización serían, pedir en principio una prórroga adecuada en base a las reglas del D.S. 085-2007-EF, motivando adecuadamente el pedido y dentro de los plazos de ley, con la finalidad de atender de manera adecuada al auditor.

En segundo lugar, estar atentos a los hallazgos que se efectúen, para explicar las razones, causalidad y fehaciencia del gasto, en base a los documentos respectivos que como se abe no son solo los comprobantes de pago, sino otros internos como políticas, actas, contratos, etc.

En tercer lugar se debe de tener a mano los documentos solicitados por el auditor, evitando su no presentación, lo cual traería las consecuencias negativas que se expresan en el artículo 141° del Código Tributario.

En su caso, y en cuarto lugar, reconocer las multas incurridas antes de que se detecten, a efectos de ser pasibles de mayores rebajas en ellas.

El deber de recaudar y fiscalizar del Fisco va entonces de la mano con nuestro derecho a la legítima defensa, una que debe ser ordenada y documentada, a efectos de probar adecuadamente lo que se alegue, siempre atentos al posible Recurso de queja que pudiera interponerse ante abusos que en el procedimiento se dieran, o a la alegación de la nulidad respectiva.

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Francisco Pantigoso Velloso da Silveira

Profesor de la Universidad del Pacífico

Abogado Tributarista, con más de 35 años de experiencia en el área del planeamiento legal – tributario. MBA por la Universidad del Pacífico; abogado por la PUCP. Maestría en Tributación Internacional en Universidad Santiago de Compostela de España. Diolomados en Buenos Aires, U. Austral en Tributación Internacional.

 

Profesor de la Universidad del Pacífico. Experiencia en el trabajo interdisciplinario con el área contable y financiera de las empresas, con la finalidad de brindar la asesoría fiscal que disminuya el impacto tributario en el desarrollo de las diversas operaciones de las compañías. Es socio en Pantigoso y Asociados, y Director de la Maestría en Tributación de la UPC.

 

La siguiente columna versará sobre temas actuales y controvertidos en materia tributaria, con un sentido crítico y proactivo para evitar contingencias en las empresas,  a través de un adecuado planeamiento fiscal.