Inacción tributaria

En el 2022 no se dieron medidas para aliviar a las alicaídas Mypes, por el contrario, se dieron normas antitécnicas y absurdas.

27 Diciembre, 2022 / 12:01 pm

El 2022 puede ser calificado de un año de “inacción tributaria”; es como si lo político hubiera salpicado lo fiscal; y de hecho ello ha pasado. A pesar de múltiples propuestas para aliviar a las alicaídas Mypes, como serían las depreciaciones aceleradas, no afectación de impuestos al inicio de la actividad, devolución anticipada de detracciones para mejorar flujo, etc., no se dio nada de ello, quedando todo -de nuevo- en meros Proyectos.

Al contrario, en el 2022 se dieron normas antitécnicas y absurdas como la exoneración de cinco productos de la canasta básica o la rebaja del IGV a 8% en restaurantes y hoteles de Mypes, que más que alivios generan -en un contrasentido- problemas en la concordancia del crédito fiscal. Normas meramente populistas.

Además, no hay consulta en general a técnicos y a contribuyentes sobre el alcance normativo que se quiere imponer.

Felizmente, en el 2022 las amenazas de un Impuesto a las sobreganancias mineras, o un Impuesto al Patrimonio Personal (este último ha  fracasado en otros países, porque genera una compleja fiscalización), tampoco se dieron;  ya que los contribuyentes no aguantan más otras cargas fiscales.

Se han dejado vacíos como la referencia a la Tasa Libor en varios artículos, aumentar a varios tramos la tasa del Mype tributario, o la creación del “RIPE” que uniría el Nuevo RUS con el RER (pero que al leer el Proyecto se advierte que es más caro que mantenerse en el Nuevo RUS y por ende, de seguro, fomentaría la informalidad).

Lo bueno en el 2022 es que la SUNAT ha iniciado un fuerte combate a los actos elusorios, lo cual está muy bien, para evitar las planificaciones agresivas.

Lo que faltaría en el 2023 es una tributación “más humana” (como lo señalo en mi último libro “Tributación humana”, lanzado este mes).

Es decir, que se den normas de apoyo al emprendedor, muy sencillas, bien difundidas y que se pague así lo justo.

Mejorar la cultura tributaria y que las normas no tengan solo un afán recaudatorio debe ser una prioridad, para aumentar la base de contribuyentes; pero de esa ansiada ampliación nada se habla.

Que el Defensor del contribuyente nos proteja realmente. Esto no significa una amnistía o promover la evasión.

A la vez, debe promoverse, en la normativa que se quiera proponer, los principios de legalidad, igualdad, no confiscatoriedad y respeto a los derechos fundamentales de la persona del artículo 74 de la Constitución.

Un ejemplo de humanización: que el IGV se pague con el criterio del percibido y no cuando se emita una factura o se entregue el bien lo que ocurra primero: esto está generando sendas quiebras de empresas.

Solo así el Perú crecerá en el aspecto impositivo.

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Francisco Pantigoso Velloso da Silveira

Profesor de la Universidad del Pacífico

Abogado Tributarista, con más de 35 años de experiencia en el área del planeamiento legal – tributario. MBA por la Universidad del Pacífico; abogado por la PUCP. Maestría en Tributación Internacional en Universidad Santiago de Compostela de España. Diolomados en Buenos Aires, U. Austral en Tributación Internacional.

 

Profesor de la Universidad del Pacífico. Experiencia en el trabajo interdisciplinario con el área contable y financiera de las empresas, con la finalidad de brindar la asesoría fiscal que disminuya el impacto tributario en el desarrollo de las diversas operaciones de las compañías. Es socio en Pantigoso y Asociados, y Director de la Maestría en Tributación de la UPC.

 

La siguiente columna versará sobre temas actuales y controvertidos en materia tributaria, con un sentido crítico y proactivo para evitar contingencias en las empresas,  a través de un adecuado planeamiento fiscal.