Finanzas

El Comercio transfiere tres inmuebles a fideicomiso valorizado en más de S/ 184 millones

La operación no genera ingresos inmediatos, mantiene los activos en los estados financieros y permitirá distribuir como dividendos los recursos que se obtengan tras la venta de los predios.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

16 enero, 2026 / 9:54 am

Empresa Editora El Comercio absolvió un requerimiento de información formulado por la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) en relación con la transferencia del dominio fiduciario de tres activos inmobiliarios a un fideicomiso sin retorno, operación que fue informada inicialmente como Hecho de Importancia el 10 de diciembre de 2025 y que tiene como finalidad la venta de dichos inmuebles y la posterior distribución de los ingresos como dividendos a los accionistas.

La comunicación, remitida ayer a la SMV, precisa que la transferencia fue aprobada por la Junta General de Accionistas y que no implicó el ingreso inmediato de recursos a la compañía, ya que la sociedad mantiene el derecho a recibir el producto de la venta una vez que el fideicomiso ejecute el encargo encomendado.

 

Valoración de los activos transferidos

De acuerdo con lo informado a la SMV, los tres inmuebles transferidos al patrimonio fideicometido han sido valorizados sobre la base de tasaciones realizadas por un tasador independiente, siguiendo el criterio de valor razonable utilizado por la compañía en sus estados financieros.

El inmueble ubicado en la avenida Simón Bolívar y calle Paracas, en el distrito de Pueblo Libre, presenta un valor de S/ 164,326 miles. En tanto, el predio situado en los jirones Lampa y Cuzco, en el Cercado de Lima, ha sido valorizado en S/ 8,988 miles, mientras que el inmueble ubicado en el jirón Lampa, también en el Cercado de Lima, alcanza un valor de S/ 11,120 miles. En conjunto, los tres activos suman un valor total de S/ 184,434 miles.

 

Impacto contable y tratamiento financiero

El Comercio aclaró que la transferencia del dominio fiduciario no genera variaciones en el estado de situación financiera de la empresa, debido a que mantiene el control de los activos y no se ha producido una transferencia de riesgos ni de beneficios económicos. Por esta razón, los inmuebles continúan siendo reconocidos como activos no financieros en los estados financieros de la sociedad.

No obstante, la operación será incluida como una nota de revelación en los estados financieros auditados, en línea con las exigencias de transparencia del mercado de valores.

 

Tratamiento tributario y resultados del ejercicio

Desde el punto de vista tributario, la empresa señaló que la transferencia del dominio fiduciario a un fideicomiso sin retorno es considerada una enajenación para efectos del Impuesto a la Renta. En consecuencia, la ganancia generada por esta operación será incorporada a los resultados del ejercicio correspondiente para la determinación de la renta imponible.

La compañía indicó que, al encontrarse en proceso de cierre anual, la estimación final de utilidad o pérdida asociada a esta operación será reconocida en la presentación de los estados financieros del cuarto trimestre de 2025, cuya difusión está prevista para febrero de 2026.

Distribución de dividendos a los accionistas

En relación con los beneficios para los accionistas, El Comercio precisó que los ingresos netos que se obtengan de la venta de los inmuebles serán transferidos por la empresa fiduciaria a la sociedad, en su calidad de fideicomisario. Posteriormente, dichos montos serán distribuidos como dividendos, conforme a lo aprobado por la Junta General de Accionistas del 10 de diciembre de 2025.

Esta distribución incluirá a los accionistas de inversión, en función de los derechos económicos que ostentan y de acuerdo con su participación en la compañía.

 

Reglas del fideicomiso y plazos de venta

La empresa también detalló las principales reglas incorporadas en el contrato de fideicomiso suscrito con La Fiduciaria S.A., el cual fue firmado el 29 de diciembre de 2025. Entre estas se encuentran un plazo de venta de hasta 18 meses, ampliable a 24 meses por acuerdo del directorio, criterios para la fijación del precio de los inmuebles, actualización de tasaciones y participación de agentes inmobiliarios en el proceso de venta.

Asimismo, se contempla la retención de impuestos a cargo de la fiduciaria y la posibilidad de vender el inmueble ubicado en Pueblo Libre de manera integral o previa subdivisión, cuando ello permita optimizar el precio final de venta.

La absolución de información se dio en el marco de las facultades supervisoras de la SMV, que solicitó mayores precisiones sobre la operación para asegurar que la información difundida al mercado sea veraz, suficiente y oportuna. El regulador recordó a la empresa su obligación de mantener informado al mercado respecto de hechos con capacidad de influir en las decisiones de inversión y de atender oportunamente los requerimientos de información formulados por la entidad supervisora.

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