La SMV autoriza el inicio de operaciones de MAF como administradora de fondos colectivos
La nueva empresa, vinculada a Mitsui Auto Finance Perú y Mitsui & Co. (Perú), cumplió con los requisitos legales, operativos y tecnológicos exigidos por el regulador.

14 enero, 2026 / 8:35 am
La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) otorgó la autorización de funcionamiento a MAF Empresa Administradora de Fondos Colectivos Sociedad Anónima, permitiéndole operar formalmente como empresa administradora de fondos colectivos en el mercado peruano. La decisión fue oficializada mediante la Resolución de Superintendente N.º 160-2025-SMV/02, emitida el 30 de diciembre de 2025.
Con esta autorización, la nueva entidad podrá utilizar la denominación abreviada MAF EAFC S.A. y queda habilitada para desarrollar actividades vinculadas a la administración de fondos colectivos, bajo la supervisión del regulador del mercado de valores.
De la autorización de organización a la autorización de funcionamiento
El proceso de autorización de MAF se inició en abril de 2025, cuando la SMV otorgó a Mitsui Auto Finance Perú S.A. y Mitsui & Co. (Perú) S.A. la autorización para organizar una empresa administradora de fondos colectivos. Tras culminar dicha etapa, la empresa solicitó formalmente la autorización de funcionamiento, presentando la documentación requerida hasta el 18 de diciembre de 2025.
Este procedimiento se enmarca en lo establecido en el Reglamento del Sistema de Fondos Colectivos y de sus Empresas Administradoras, que exige el cumplimiento de una serie de requisitos legales, operativos y financieros antes de permitir el inicio de operaciones.
Evaluación de infraestructura, tecnología y recursos humanos
Como parte del proceso de evaluación, la Intendencia General de Supervisión de Entidades de la SMV, con la participación de representantes de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, realizó una revisión directa de las instalaciones de MAF. Esta supervisión tuvo como objetivo verificar que la empresa contara con la infraestructura física adecuada, la capacidad tecnológica necesaria y los recursos humanos suficientes para operar de manera eficiente y conforme a la normativa vigente.
Tras la revisión de la documentación presentada y la verificación en campo, la SMV concluyó que MAF cumple con todos los requisitos exigidos para operar como empresa administradora de fondos colectivos. Estas conclusiones quedaron plasmadas en el Informe N.º 1877-2025-SMV/10.2, que recomendó otorgar la autorización solicitada.
Inscripción registral y vigencia de la autorización
Además de la autorización de funcionamiento, la resolución dispone la inscripción de MAF Empresa Administradora de Fondos Colectivos Sociedad Anónima en la sección correspondiente del Registro Especial de otras Entidades bajo competencia de la SMV. Asimismo, se ordenó la difusión de la resolución tanto en el Diario Oficial El Peruano como en la página institucional de la SMV en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano.
La autorización entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en El Peruano, quedando la empresa formalmente habilitada para iniciar operaciones en el sistema de fondos colectivos.
La incorporación de una nueva empresa administradora al sistema de fondos colectivos amplía la oferta de operadores en este segmento del mercado, fortaleciendo la competencia y diversificando las alternativas disponibles para los participantes. La autorización otorgada a MAF refleja, además, el énfasis del regulador en asegurar que las entidades que ingresan al mercado cumplan con estándares adecuados de solvencia, organización y gestión de riesgos antes de iniciar operaciones.
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