Vida Ley ¿Cuáles son las coberturas para los trabajadores?

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

5 Mayo, 2021 / 3:23 pm

A más de un año de la aprobación del reglamento que manda a todas las empresas a adquirir el seguro de Vida Ley para sus colaboradores desde el inicio de su contratación, y ya no a partir del cuarto año, el ABC del Seguro de Pacífico junto a Miguel Ortiz de Zevallos, gerente de la División de Negocios Empresariales de Pacífico Seguros, explica los beneficios a los que acceden los trabajadores con este producto.

¿En qué consiste? Este seguro protege a los trabajadores, tanto de empresas privadas como aquellos que laboran para empresas del Estado bajo el régimen 728, y brinda un respaldo económico a sus familiares en caso de fallecimiento por muerte natural, accidental o invalidez permanente total.

Es importante comentar que este seguro no tiene exclusiones ante actividad económica del empleador, o si el fallecimiento del trabajador es realizando una actividad laboral o personal. Está cubierto todos los días, las 24 horas.

¿Cuáles son las coberturas? La aseguradora acompañará a la familia del trabajador con 16 remuneraciones en caso de muerte natural, 32 remuneraciones por muerte accidental y 32 remuneraciones ante Invalidez permanente total.

¿Cuál es el proceso para la indemnización? Si un trabajador fallece o queda inválido, sus familiares deben comunicarse ante la empresa donde laboraba para informar sobre el incidente, tras lo cual la compañía inicia el proceso de indemnización con la aseguradora presentando los documentos correspondientes, dependiendo del caso.

 

Uno de los más importantes es la declaración de beneficiarios legalizada, la cual debió ser completada previamente por el trabajador y estar en manos de la empresa para que sea presentada ante el seguro en caso sea necesario.

Aunque este proceso tradicionalmente lo inicia la compañía para apoyar a la familia en esos momentos, también lo puede realizar los beneficiarios, previa coordinación con la empresa para que le facilite los documentos respectivos.

¿Sólo los trabajadores de grandes empresas están cubiertos?

No. La ley implica que también los trabajadores de pequeñas y medianas empresas están protegidos.

¿Qué ocurre si la empresa en la que trabajo no me brinda este seguro?

Si la empresa no lo adquiere, no lo mantiene vigente o no realiza los pagos puntualmente, estará incurriendo en una infracción grave, por lo que será multada de acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Y de ocurrir el fallecimiento o invalidez de un trabajador sin este seguro, la empresa deberá hacerse cargo del pago de las indemnizaciones correspondientes.

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