¿Qué trámites debo realizar para reactivar mi negocio?

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

2 Julio, 2020 / 11:31 am

Después de varias semanas de incertidumbre por el Covid-19, finalmente el Gobierno autorizó que se reanuden algunas actividades económicas. El proceso, que se inició en mayo, tendrá cuatro etapas y será gradual y progresivo.

La noticia ha sido largamente esperada por emprendedores como tú, ya que la cuarentena los obligó a paralizar actividades u operar de manera parcial. Por eso el Consultorio Financiero de Mibanco te explica todo lo que debes saber de esta medida, para que te prepares y muy pronto puedas volver a abrir las puertas de tu negocio.

1. Verifica si estás apto para operar

Cada etapa del plan del Gobierno, que durará un mes en promedio, incluye rubros específicos y un trámite previo para reanudar tus labores. Antes de iniciar cualquier procedimiento, debes verificar si tu actividad está dentro de los sectores autorizados.

La primera fase, vigente desde mayo, comprende 27 actividades vinculadas a minería e industria (míralas aquí), construcción, servicios, turismo y comercio. La segunda fase, que comenzó hace pocos días, incluye 30 actividades de minería, agricultura, manufactura, construcción, comercio y servicios.

2. Prepara tu plan de emergencia

Si tu actividad está incluida en la fase 1 o 2, debes preparar un plan de vigilancia (o emergencia) para controlar y evitar la propagación del COVID-19 en el trabajo. Toma en cuenta los protocolos de salud definidos por el Ministerio de Salud (encuéntralos aquí). Recuerda que, una vez que te comprometas a cumplirlos, podrías ser fiscalizado por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) y la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud).

3. Regístrate en el Sistema Integrado para el COVID-19

Registra tu plan de emergencia en el Sistema Integrado para el COVID-19 (SISCOVID Empresas) del Ministerio de Salud (aquí). En esta plataforma debes incluir tus datos y de los profesionales de la salud que has contratado, y tu lista de empleados. Si la información es conforme, el proceso estará concluido en 48 horas y se emitirá de inmediato la constancia que necesitas para reanudar tus actividades.

Pero si tu registro es rechazado, recibirás un correo con instrucciones. En ese caso, tienes que ingresar nuevamente a la plataforma y actualizar la información para corregir los errores y volver a enviarlo, antes de obtener tu constancia.

 

4. ¡Ya puedes iniciar tus operaciones!

Luego de emitida la constancia, ya puedes retomar sus actividades, cumpliendo con los protocolos de tu plan de emergencia. No olvides que los profesionales de salud de tu empresa deberán registrar las pruebas rápidas que realicen a tus trabajadores y notificar los casos confirmados y el seguimiento clínico.

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