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Fallo de la Corte Suprema permitirá reducción de tarifas de luz en hogares

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

25 Septiembre, 2020 / 11:16 am

El reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia que pone fin a la distorsión en el mercado eléctrico permitirá la inmediata reducción de las tarifas de los recibos de luz en más de 8.5 millones de hogares peruanos, lo que les generará ahorros anuales de US$ 72 millones por ese concepto, afirmó el exviceministro de Energía, Pedro Gamio Aita.

La Corte Suprema de Justicia en fallo publicado esta semana decidió, por unanimidad y en última instancia, declarar la nulidad del Decreto Supremo 043-2017-EM, emitido por el Ministerio de Energía y Minas (MINEM), que permitía la declaración de costos no auditados en el uso del gas natural.

Dicha norma fue usada por las empresas generadoras de electricidad -durante tres años- para declarar que la producción de gas empleadas en sus procesos de generación era cercana a cero. La energía subvaluada era comprada por las comercializadoras de electricidad, que la vendían a un grupo de grandes empresas.

 

Según Gamio, el costo no registrado era finalmente asumido por las familias peruanas, que subvencionaron el acceso de 2,000 empresas a energía más barata, a través de un cargo (Prima RER) en sus recibos de luz.

Esta situación provocó una distorsión del mercado eléctrico, que -se calcula- provocó que 8.5 millones de hogares a nivel nacional pagaran un exceso de US$ 212 millones en sus recibos de luz desde la vigencia de la norma. Esta distorsión origino que durante los últimos años cualquier hogar limeño pagara el doble por la misma luz que, por ejemplo, un gran supermercado.

Gamio señala que hoy una familia peruana paga 35 por ciento más que su similar en Chile por la misma cantidad de energía consumida. Dijo que es necesario sincerar los costos de generación, corregir distorsiones y abrir el camino a las energías renovables y la generación distribuida. Por ejemplo, la energía solar está frenada por disposiciones reglamentarias que no corresponden con los avances tecnológicos y las mejores prácticas de la mayoría de los países

 

Está pendiente el fortalecer a las empresas de distribución eléctrica del interior del país, para que puedan mejorar su servicio, reducir las interrupciones. Que el estándar de calidad de servicio sea similar en todo el país.

De acuerdo al fallo de la Corte Suprema, el ordenamiento del sector eléctrico “no contempla disposición alguna que permita o justifique la diferenciación efectuada por el MINEM, ni existe una justificación objetiva y razonable para conceder a un sector específico de actores del mercado eléctrico la posibilidad de declarar costos distintos a los que realmente incurre”.

Esta decisión es la última instancia de un proceso iniciado en marzo del 2018 con la presentación de un recurso Acción Popular contra el MINEM, a fin de que declare nulo e inconstitucional el Decreto Supremo.

En su fallo, la Corte Suprema, además, ordena al Estado Peruano emitir una nueva norma que acabe con la distorsión que fue tan perjudicial para los consumidores.

Gamio señala que, en tal sentido, el Estado Peruano –a través del MINEM– deberá emitir una nueva normativa para regular la declaración de los costos de generación, suministro, transporte y distribución eléctrica.

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