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EY Perú: ¿Qué deben tomar en cuenta las empresas y colaboradores durante el Mundial?

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

22 Junio, 2018 / 10:28 am

Al Mundial le queda mucho trecho por recorrer y aún nos esperan las instancias finales que se disputan durante el horario laboral, acontecimientos que pueden ser aprovechados por las empresas para propiciar un buen clima laboral y mantener a sus colaboradores contentos. Sin embargo, también existen ciertas precauciones que los colaboradores más fanáticos del fútbol deben tomar en cuenta para no meterse problemas.

“El salario y ciertos beneficios no son las únicas variables de interés de un empleado para sentirse a gusto en una compañía, también lo es la consideración en ocasiones especiales como el Mundial. Este evento deportivo es una oportunidad pero también un desafío para las empresas, dado que es cuando aumentan las ausencias laborales, solicitudes de vacaciones y permisos no remunerados”, señaló Miguel Rubio, Gerente Senior del Área Laboral de EY Perú.

Entre las actividades y permisos que puede otorgar una empresa a sus colaboradores, el experto de EY Perú recomienda las siguientes:

1. Organizar reuniones en la oficina para que los colaboradores puedan ver los partidos. Aprovechar y armar un espacio agradable para todos.

2. Darle la opción a los colaboradores de ir con la camiseta de Perú los días que hayan partidos.
3. Ser flexible con los horarios de entrada y de salida.

4. Dar días libres a cuenta de vacaciones si algún empleado lo solicita.

5. Ambientar las oficinas en los partidos de Perú.

6. Realizar una reunión por equipos o áreas de trabajo para generar compromisos con relación a lo que se espera de cada colaborador.

Para Miguel Rubio, es importante que las empresas adviertan de manera oportuna y amigable las consecuencias que pueden generar las inasistencias y tardanzas reiteradas. “Muchas personas desconocen si una falta o tardanza puede generar perjuicios en sus relaciones con sus empleadores o no calculan la gravedad”, comenta el experto.

De acuerdo al artículo 25 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, se consideran faltas graves el abandono del trabajo por más de tres días consecutivos, las ausencias injustificadas por más de cinco días en un mes y la impuntualidad reiterada, si ha sido acusada por el empleador y siempre que se hayan aplicado sanciones previas.

Respecto de las tardanzas, un trabajador que ha llegado tarde en reiteradas ocasiones puede ser despedido, aunque no haya causado perjuicio al empleador o haya compensado el tiempo con jornadas extraordinarias. Dicho despido no podrá ser tildado de “arbitrario”, debido a que la tardanza reiterada es una falta grave. Antes de proceder al despido, toda entidad deberá sancionar con amonestaciones escritas y suspensión de las labores.

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