Finanzas

Empresas podrán acceder a créditos máximos de S/ 10 millones con Programa Reactiva Perú

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

6 Abril, 2020 / 8:14 am

El Gobierno publicó hoy el Decreto Legislativo que crea el “Programa REACTIVA PERÚ” que tiene por objeto promover el financiamiento de la reposición de los fondos de capital de trabajo de las empresas que enfrentan pagos y obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de bienes y servicios, a efectos de asegurar la continuidad en la cadena de pagos en la economía nacional.

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Este programa otorgará la garantía del Gobierno Nacional a los créditos en moneda nacional que sean colocados por las Empresas del Sistema Financiero (ESF). Esta Garantía solo cubre los créditos en moneda nacional que sean colocados por la ESF, a partir de la vigencia del Reglamento Operativo del Programa REACTIVA PERÚ y hasta el 30 de junio de 2020, a efectos de asegurar la continuidad en la cadena de pagos en la economía nacional.

 

El DL señala que la Garantía del Gobierno Nacional que se otorga en el marco del Programa REACTIVA PERÚ, se canaliza a través de los siguientes mecanismos:

a) Garantías a las carteras de créditos que se implementan mediante fideicomiso.

b) Garantías individuales que se implementan mediante comisión de confianza u otro instrumento de similar naturaleza.

Las garantías del Programa REACTIVA PERÚ sólo sirven de respaldo siempre que éstas se utilicen, de manera exclusiva, en operaciones del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP).

La Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE la administración del Programa REACTIVA PERÚ, en los términos y condiciones que establezca el Reglamento Operativo.

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Límite de la garantía

La garantía que otorga el Programa REACTIVA PERÚ a los créditos en soles que las ESF otorgan a favor de las empresas que requieran financiar la reposición de su capital de trabajo, cubre como máximo el monto que resulte menor entre el monto equivalente a tres (3) veces la contribución anual de la empresa a EsSalud en el año 2019 y el monto equivalente a un (01) mes de ventas promedio mensual del año 2019, de acuerdo a los registros de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).

En el caso de las microempresas, para la determinación del límite de la garantía, se considera sólo el criterio del monto ventas promedio mensual señalado en el numeral precedente.

La garantía que otorga el Programa REACTIVA PERÚ cubre el saldo insoluto del crédito otorgado, de acuerdo con el siguiente detalle:

 

El monto total de los créditos que se garantizan a través del Programa REACTIVA PERÚ por empresa deudora no excede los S/ 10 millones.

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Alcances y condiciones para acceder al Programa

Las garantías del Programa REACTIVA PERÚ solo cubren los nuevos créditos que las ESF otorguen a las empresas que requieran financiar la reposición de su capital de trabajo, hasta el plazo previsto en el DL. Estos créditos no pueden ser usados para pagar obligaciones financieras que mantengan las empresas beneficiadas con el Programa REACTIVA PERÚ. Se considera nuevos créditos aquellos que son otorgados por las ESF desde el plazo que se establezca en el Reglamento Operativo. Adicionalmente, las empresas beneficiarias del Programa REACTIVA PERÚ están impedidas de pre pagar obligaciones financieras vigentes antes de cancelar los créditos originados en el marco del presente Programa.

La empresa beneficiaria no debe tener deudas tributarias administradas por la SUNAT, exigibles en cobranza coactiva mayores a 1 UIT al 29 de febrero de 2020. Asimismo, tales empresas deben estar clasificadas en el Sistema Financiero, a igual fecha en la central de riesgo de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), en la categoría de “Normal” o “Con Problemas Potenciales” (CPP).

No son elegibles como beneficiarias del Programa REACTIVA PERÚ, las empresas vinculadas a las ESF, así como empresas comprendidas en el ámbito de la Ley Nº 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos.

La empresa beneficiaria no debe distribuir dividendos ni repartir utilidades, salvo el porcentaje correspondiente a sus trabajadores, durante la vigencia del crédito otorgado.

En el Reglamento Operativo se pueden establecer otros criterios de elegibilidad o de exclusión para el Programa REACTIVA PERÚ.

Plazo y condiciones de los créditos

El plazo de los créditos que otorguen las ESF a las empresas benefi ciaras, no puede exceder de treinta y seis (36) meses, lo que incluye un período de gracia de intereses y principal de hasta doce (12) meses.

El Ministerio de Economía y Finanzas establece una comisión por el otorgamiento de la Garantía del Gobierno Nacional. Dicha comisión es transferida por COFIDE a la cuenta principal del Tesoro Público.

Los criterios para definir la tasa de interés del crédito se establecen en el Reglamento Operativo del Programa REACTIVA PERÚ.

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