Microfinanzas

Caja Huancayo contratará un crédito subordinado con Cofide por S/ 50 millones

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

25 Julio, 2022 / 6:49 pm

La Junta de Accionistas Especial de Caja Huancayo aprobó esta tarde la contratación de un Crédito Subordinado con Cofide por la suma de S/ 50 millones, el cual será utilizado para el cómputo del patrimonio efectivo nivel 2 de la Caja, así como los aspectos operativos, accesorios y complementarios que se requieran para seguir el procedimiento y regulaciones aprobadas por Cofide y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

De esta manera se aprobó la contratación de un nuevo crédito subordinado con Cofide por S/ 50 millones, que será utilizado para el cómputo del patrimonio efectivo nivel 2 de la Caja, considerando la cancelación anticipada del crédito subordinado vigente con Cofide por el monto de S/ 20 millones.

 

Hay que indicar que el Patrimonio de nivel 2 incluye la parte computable de la deuda subordinada redimible y de los instrumentos con características de capital y de deuda que indique la SBS, las provisiones genéricas hasta el 1,25% (en caso se emplee el método estándar) o hasta el 0,6% de los activos y contingentes ponderados por riesgo de crédito (en caso se emplee modelos internos), y las demás reservas facultativas.

Capitalización de utilidades

La Junta de Accionistas también aprobó que durante la vigencia del crédito subordinado, el compromiso de capitalización parcial de utilidades reales de cada ejercicio hasta por un porcentaje del 50% de las utilidades, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 4º del D.S. 157-90-EF, al momento de acordar la distribución de utilidades, después de aplicar la prelación dispuesta en los numerales 1 y 2 del artículo 66 de la Ley General, sin perjuicio de las facultades de la SBS respecto a la aplicación de restricciones para el reparto de utilidades en el marco de lo establecido por la Ley General.

 

Asimismo, Cofide de acuerdo al nivel de riesgo de Caja Huancayo, podrá requerir una capitalización de utilidades mayor al 50% durante el periodo de gracia del crédito subordinado. Dicho supuesto no será de aplicación para el caso previsto por el artículo 4 del Decreto Supremo N° 157-90-EF modificado por la Ley N° 30607. En caso de incumplimiento de las condiciones de elegibilidad, Cofide podrá establecer un porcentaje (%) anual de capitalización de utilidades mayor al establecido inicialmente, hasta que la CMAC Huancayo recupere su condición de elegible.

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