Finanzas

BCRP mantuvo la tasa de interés de referencia en 7,75 % por tercer mes consecutivo

El ente emisor proyecta que se mantenga la tendencia decreciente de la inflación interanual en los próximos meses, con el retorno al rango meta en el cuarto trimestre de este año.

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

13 Abril, 2023 / 6:09 pm

El Directorio del Banco Central de Reserva del Perú acordó mantener la tasa de interés de referencia en 7,75 por ciento. Esta decisión no necesariamente implica el fin del ciclo de alzas en la tasa de interés. Futuros ajustes en la tasa de referencia estarán condicionados a la nueva información sobre la inflación y sus determinantes, incluyendo los efectos macroeconómicos de los acontecimientos sociales de meses previos, subraya el BCRP.

El ente emisor inició en agosto de 2021 el retiro del estímulo monetario, luego de haber mantenido la tasa de interés de referencia de política monetaria en su mínimo histórico de 0,25 % entre marzo de 2020 y julio de 2021. Desde esa fecha, durante 18 meses ha realizado incrementos de la tasa de referencia hasta enero de 2023. En febrero, marzo y ahora en abril mantuvo la tasa en 7, 75%.

 

El ente emisor explica con las siguientes razones esta decisión:

i. En marzo la tasa mensual de inflación fue 1,25 por ciento y la inflación sin alimentos y energía fue 0,88 por ciento. La tasa de inflación a doce meses se redujo de 8,65 por ciento en febrero a 8,40 por ciento en marzo, mientras que la tasa de inflación sin alimentos y energía a doce meses aumentó de 5,87 por ciento en febrero a 5,92 por ciento en marzo. Ambos indicadores se ubicaron por encima del límite superior del rango meta de inflación.

ii. El aumento significativo de los precios internacionales de energía y alimentos desde la segunda mitad de 2021, acentuado por los conflictos internacionales, ha conllevado a un fuerte incremento de las tasas de inflación a nivel global en magnitudes no vistas en muchos años y hacia niveles significativamente superiores a las metas de inflación de bancos centrales, tanto de economías avanzadas como de la región. En el caso peruano, se registran efectos transitorios en la inflación por restricciones en la oferta de algunos alimentos y por las lluvias del último mes.

iii. Se proyecta que se mantenga una tendencia decreciente de la inflación interanual en los próximos meses con el retorno al rango meta en el cuarto trimestre de este año, debido a la moderación del efecto de los precios internacionales de alimentos y energía, a la reversión de choques de oferta en el sector agropecuario y a una reducción de las expectativas de inflación en el resto del año.
iv. Las expectativas de inflación a doce meses se mantuvieron en 4,3 por ciento en marzo, por encima del límite superior del rango meta de inflación.

v. Varios indicadores adelantados y de expectativas sobre la economía mejoraron en marzo, aunque la mayoría se mantiene en el tramo pesimista.

 

vi. Las perspectivas de crecimiento de la actividad económica mundial apuntan hacia una moderación; aunque subsiste el riesgo global por los efectos de la política monetaria restrictiva en las economías avanzadas, los conflictos internacionales, y la incertidumbre de presiones al alza en los precios de commodities energéticos.

El Directorio indica que se encuentra especialmente atento a la nueva información referida a la inflación y sus determinantes, incluyendo la evolución de las expectativas de inflación y la actividad económica para considerar, de ser necesario, modificaciones en la posición de la política monetaria. Asimismo, el Directorio reafirma su compromiso de adoptar las acciones necesarias para asegurar el retorno de la inflación al rango meta en el horizonte de proyección.

En la misma sesión el Directorio acordó mantener las siguientes tasas de interés de las operaciones en moneda nacional del BCRP con el sistema financiero bajo la modalidad de ventanilla.

i. Depósitos overnight: 5,25 por ciento anual.

ii. Operaciones de reporte directas de títulos valores y de moneda, y Créditos de Regulación Monetaria: i) 8,25 por ciento anual para las primeras 10 operaciones en los últimos 3 meses; y ii) la tasa de interés que fije el Comité de Operaciones Monetarias y Cambiarias para las operaciones adicionales a estas 10 operaciones en los últimos 3 meses. Además, el Comité de Operaciones Monetarias y Cambiarias podrá establecer tasas superiores en función al monto de las operaciones.

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