Sunat amplía hasta el 31 de julio plazo de adecuación para emisión de facturas electrónicas
30 Marzo, 2015 / 11:09 am
La Sunat dispuso que los contribuyentes, si lo desean, podrán emitir y otorgar las facturas, boletas de venta, notas de crédito y notas de débito en formatos impresos o importados por imprentas autorizadas y los tickes o cintas de maquina registradora (tickets) hasta el 31 de julio de este año. El plazo anterior vencía el 31 de marzo (mañana).
La resolución del ente recaudador, publicada hoy, señala que esta medida se da para otorgar mayores facilidades a los emisores electrónicos y que les permita superar el período de estabilización o culminar, de manera adecuada, con la implementación del Sistema de Emisión Electrónica (SEE).
Asimismo, la Sunat amplió el plazo para que los contribuyentes puedan presentar desde el 1 de enero del 2016 el resumen de comprobantes impresos, el cual debe contener entre otros, el número correlativo de cada boleta de venta y el detalle de cada item. El plazo anterior era a partir del 1 de enero del 2015 o el 1 de julio de 2015, según la fecha a partir de la cual fue designado.
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