Empresa

Medianas empresas que inviertan en I+D+i podrían dejar de pagar Impuesto a la Renta

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

23 Febrero, 2016 / 11:11 am

El Ministerio de la Producción (Produce) sigue promoviendo los beneficios tributarios en las inversiones de I+D+i y así lo explicó Sergio Rodríguez, Director de Innovación del Ministerio de la Producción, en el desayuno de promoción de la ley de I+D+i que se viene desarrollando la mañana de hoy.

Rodríguez comentó que parte de la norma ahora es que los proyectos pueden o no estar vinculados al giro del negocio. “Esto es fundamental para promover la diversificación productiva. Los proyectos pueden no estar tan cercanos al giro de negocio pero puede ser una nueva línea que desarrollar, o un nuevo producto, u otra empresa, que forme parte del grupo, que use las capacidades de la empresa sin ser su actividad principal (core business)”.

Agregó que la responsabilidad social también se puede considerar aquí ya que las empresas pueden invertir en investigación y desarrollo en proyectos de impacto social que beneficien a un grupo social.

Modalidades

Rodríguez explicó que la empresa puede desarrollar su proyecto a través de dos modalidades:

* Modalidad directa: En la que pasa por dos procedimientos que se realizarán en forma simultánea: el proceso de autorización y el de calificación del proyecto.

En el primero se buscará ver si la empresa tiene las capacidades para desarrollar el proyecto que está presentando, esto se ve a través del recurso humano, que son los especialistas con los que cuenta la empresa y la infraestructura y equipamiento con la que cuenta para el desarrollo del proyecto. Si la empresa cumple con esos dos requisitos será autorizada por cuatro años.

La calificación busca que el proyecto sea de investigación, desarrollo o innovación. Un especialista técnico se encargará de constatar que sea así, y calificar y aprobar el proyecto.

* Modalidad a través de un tercero: Es cuando la empresa no tiene las capacidades por sí misma y recurre a un tercero que será un centro autorizante, es decir, una entidad especializada en la materia técnica del proyecto que tiene los especialistas (recurso humano) y la infraestructura necesaria para el desarrollo del proyecto.

En este caso también hay dos procesos: el de autorización, en el que será la misma empresa la que la haga porque es quien contratará al tercero que tiene que contar con una experiencia mínima de 6 meses trabajando en proyectos de I+D+i en la línea del proyecto o contar con especialistas que tengan experiencia en el desarrollo de proyectos en esa materia.

“Hay algunos centros que ya tienen autorización o están en pos de conseguirlo y tienen una oferta interesante de servicios y proyectos de líneas de trabajo para desarrollar con empresas, proyectos de I+D+i”, dijo Rodríguez.

Agregó que en el caso de calificación se aplica lo mismo que en la primera modalidad.

Sobre la calificación, refirió que Concytec no cuenta con especialistas en todas las materias, pero sí con especialistas transversales que contarán con otros especialistas externos, neutrales que serán quienes den su opinión técnica sobre si el proyecto se enmarca o no dentro de los conceptos de I+D+i.

Para que un proyecto sea calificado y aceptado solo debe ser de un tipo o de investigación, o desarrollo o innovación, si son proyectos más amplios tendrían que ser divididos.

Rodríguez refirió que Concytec tiene un tiempo de 30 días hábiles para determinar si el proyecto presentado califica o no.

La autorización, en el caso de centros autorizados puede ser para diferentes tipos de proyectos, es decir, en investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica en una sola disciplina.

“Si una empresa contrató a un centro autorizado, puede cambiar de centro siempre que el nuevo esté autorizado también en la misma disciplina. Concytec publicará en su página web los centros autorizados”, añadió Sergio Rodríguez.

Dijo que si bien la deducción es de 175%, en el caso de que se trabaje con centros autorizados no domiciliados, es decir internacionales, la deducción será de 150%. “Si bien una empresa puede contratar centros internacionales, esta no será susceptible de todo el beneficio que se está planteando aquí”.

El centro no domiciliado también deberá estar autorizado por Concytec.

Enfatizó en que las empresas pueden ahorrarse el pago del Impuesto a la Renta a partir de este beneficio. “Conforme la empresa gaste más en I+D+i y este gasto represente un porcentaje significativo de las ventas de la empresa, el ahorro en Impuesto a la Renta puede ser también significativo. A partir de un gasto de 8% el ahorro es de 100%”.

Pasos a seguir

  1. . La empresa presenta su solicitud de calificación (datos del solicitante, información del proyecto, especialistas que deben estar registrados en el directorio de investigadores de Concytec. Se presenta en mesa de partes.
  2. . Concytec verifica y corrobora que se cumplan los requisitos.
  3. . Emisión de la resolución.
  4. . Con la resolución el contribuyente va a declarar su Impuesto a la Renta en marzo del año siguiente con la resolución que dice que tiene el beneficio adicional para pagar menos.

La deducción se irá desarrollando conforme se vaya haciendo el gasto. Si el proyecto durará 3 años, se deduce de acuerdo al gasto por año.

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