Economía

Ley del “IGV Justo” beneficiará a más de 1,6 millones de Mypes

Gan@Más

Redacción digital

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13 Diciembre, 2016 / 1:17 pm

Más de 1,6 millones de las micro y pequeña empresa (mypes), podrán beneficiarse de la Ley que Prorroga el Pago del IGV denominado “IGV Justo” (Ley N° 30524), recientemente promulgada por el Poder Ejecutivo, estimó Mario Mongilardi, presidente de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

En ese sentido, destacó que la norma es un avance importante que contribuye a la reforma tributaria a fin de fomentar la productividad y competitividad de las empresas del país. Asimismo es un incentivo para reducir los altos niveles de informalidad en el país que en los últimos años ha registrado una tendencia creciente. “Desde el 2013 hasta el 2015, la informalidad pasó de aportar el 17,6% a 19,2% del PBI”, destacó Mongilardi.

Cabe precisar que la ley permitirá la prórroga del pago de dicho impuesto a favor de las mypes con ventas anuales de hasta 1,700 UIT (actualmente S/ 6´715,000) y entrará en vigencia desde el 1er día calendario del mes siguiente a la publicación de su reglamento. Mongilardi acotó “esto es, si el reglamento se publica en diciembre, la ley regirá desde el 1° de enero de 2017; caso contrario, si el reglamento se publica en enero, la nueva ley regirá desde el 1° de febrero de 2017”.

De acuerdo al Anuario Estadístico Industrial, MYPE y Comercio Interno del Ministerio de la Producción, esta cifra (1’679.969 mypes) representa el 99,3% del universo de las empresas formales del país siendo 1’607.305 micro empresas y 72.664 pequeñas, donde las mypes solo aportan con el 20% del total de operaciones gravadas con el IGV. “Esta norma no significa un forado fiscal, sino un pago diferido que beneficiará a un sector que constituye el principal motor de economía nacional”, precisó el titular de la CCL.

Igualmente –destacó- que la iniciativa legislativa tendrá un impacto en reducir la morosidad de las mypes respecto al pago de este concepto, que según cifras de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), asciende a 43,1%.

Alcances de la Ley

Según la norma, las Mype que vendan bienes o presten servicios podrán postergar el pago del IGV por 3 meses posteriores a la obligación de declarar, de acuerdo a lo que establezca el reglamento. Además la postergación del pago del IGV no generará pago de intereses moratorios ni multas.

También se menciona que no podrán acogerse a la prórroga del impuesto las Mype que mantengan deudas tributarias exigibles mayores a 1 UIT, cuando el titular o socios de las Mype hayan sido condenados por delito tributario, cuando se encuentren en proceso concursal ante Indecopi y en el caso que las Mype hayan incumplido con declarar y pagar el IGV y el IR de los 12 meses anteriores, salvo que regularicen su situación, pagando al contado o fraccionando la deuda. En este caso la Sunat les concederá fraccionamiento especial. Del mismo modo el ente recaudador aprobará las normas complementarias para la mejor aplicación de la nueva norma.

La CCL precisa que la prórroga es para el pago del IGV y no para la presentación de las declaraciones juradas mensuales. Además el beneficio es solo para las mypes, en tal sentido, la Sunat podrá exigir que las empresas demuestren tal condición, por ejemplo, que están inscritas en el Registro Nacional de Micro y Pequeña Empresa (REMYPE).

Finalmente, la Sunat deberá dar precisiones sobre la modalidad de pago del IGV diferido, detalles del registro y declaración de las operaciones cuyo pago del IGV se difiere, entre otros.

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