EsSalud elimina seis requisitos para la entrega de subsidios a los asegurados
11 Septiembre, 2015 / 4:03 pm
Área Laboral de Ernst & Young (EY) informa que hoy ha sido publicada en el diario oficial “El Peruano” la Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas No. 23-GCSPE-ESSALUD-2015, que precisa requisitos vigentes para el otorgamiento y pago de prestaciones económicas.
La norma promulgada establece la suspensión de seis requisitos establecidos en la Directiva No. 08-GG-ESSALUD-2012 “Normas Complementarias al Reglamento de Pago de Prestaciones Económicas, conforme al siguiente detalle:
Por su parte, Victor Zavala, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), señaló que “se ha constatado que los funcionarios de EsSalud vienen exigiendo 16 requisitos para el otorgamiento de subsidios los que están establecidos en la Directiva 08-GG-ESSALUD-2012 mas no consignados en el TUPA de EsSalud. Por ello la institución consideró mantener 10 requisitos, los que son necesarios para la evaluación de la solicitudes de subsidio”, manifestó Victor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.
Esta resolución regirá desde este 12 de setiembre y se aplicará a las solicitudes y reclamos pendientes a la fecha de su vigencia.
Como se sabe, los empleadores aportan al EsSalud el 9% sobre la planilla mensual, para que los trabajadores y sus familiares tengan derecho, entre otros, a prestaciones económicas: subsidios por incapacidad temporal, maternidad, lactancia y gastos de sepelio.
Los requisitos y condiciones para el goce de subsidios lo establece la ley de ESSALUD y su reglamento y además deben estar consignados en el TUPA de EsSalud.
Pero con la Ley 30230 (11-07-2014) se ha establecido que, incurre en responsabilidad administrativa el funcionario que solicita o exige requisitos que no están consignados en el TUPA o que estándolos no han sido creados por norma legal o se encuentran derogados.
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