Economía

Empresas tienen hasta el 1 de agosto para implementar facturación electrónica

Gan@Más

Redacción digital

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17 Junio, 2015 / 8:57 am

De los dos grupos de empresas que la SUNAT ha designado para la implementación del Sistema de Emisión Electrónica del contribuyente (SEE del contribuyente), el primer grupo tiene plazo hasta el 1 de agosto del 2015 para adoptar este nuevo sistema, informó Julio Samillán, jefe del área de Producto Tecnología de la Información de la Cámara de Comercio de Lima.

El primer grupo de compañías que está obligado a implementar el SEE del contribuyente, designado por la SUNAT en diciembre del 2013, tuvo como fecha límite inicial el 30 de setiembre del 2014 y después se amplió hasta el 1 de abril del 2015. Sin embargo, el último plazo que ha dado el organismo estatal es el 1 de agosto del presente año.

“La SUNAT ha hecho estas ampliaciones porque la adopción de la factura electrónica ha sido compleja, debido a las adecuaciones en los sistemas informáticos y a los procedimientos del negocio asociados a la gestión de comprobantes de pago que han debido realizar las empresas. Esto suele suceder con todo nuevo sistema y el plazo adicional brindado por la SUNAT ha permitido la maduración del SEE del contribuyente”, acotó Samillán.

En caso de que las empresas designadas por la SUNAT como emisores electrónicos incumplan con la nueva fecha, correrán el riesgo de que los comprobantes de pago en formato físico o preimpreso que emitan luego no sean válidos. “Los comprobantes en formato físico que se emitan posteriormente a la fecha límite no tendrán validez tributaria, excepto en aquellos casos en los que la empresa esté imposibilitada de emitir comprobantes electrónicos por causas no imputables a ella. De no presentarse esta excepción, la empresa estaría cometiendo una infracción tributaria y estaría sujeta a una sanción y multa”, sostuvo Samillán.

Con respecto al segundo grupo de 778 empresas designadas para la implementación del SEE del contribuyente, la primera fecha que les dio la Sunat fue el 1 de julio del 2015. Para este grupo también se ha ampliado el plazo hasta el 1 de enero del 2016.

Samillán destacó que existen dos modalidades de emisión electrónica. La primera está dirigida principalmente a la micro y pequeña empresa, que es de acceso gratuito, y consiste en la emisión del comprobante de pago desde el Sistema de Operaciones en Línea (SOL) del portal de la SUNAT.

La segunda modalidad, que es obligatoria para las empresas que la SUNAT ha designado para que usen el SEE del contribuyente y que comprende a las empresas que tienen de un mediano a alto volumen de emisión, deben seguir un proceso de homologación. Se estima que todo el proceso de implementación puede durar dos a tres meses, que es el tiempo en el que se adquiere o se desarrolla un software que genere comprobantes electrónicos según la normativa del SEE del contribuyente.

Desde el 2012, año en que la SUNAT creó este sistema, la Cámara de Comercio de Lima lo ha implementado en más de 130 empresas nacionales. Según Samillán, el SEE del contribuyente permite ahorrar hasta un 30% de los costos operativos asociados a la gestión de comprobantes de pago. Los principales beneficios son la reducción de los costos asociados en la impresión, almacenamiento, emisión y distribución, la agilidad de los procesos de gestión de los documentos, la mejora en las cobranzas y el aporte a la reducción de la huella de carbono.

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