Ambiente

Consultoras Ambientales que brinden información falsa podrían ser multadas hasta con S/ 395 mil

Gan@Más

Redacción digital

redaccion@revistaganamas.com.pe

25 Enero, 2016 / 10:07 am

Las Consultoras Ambientales que brinden información falsa o fraudulenta en los estudios ambientales que elaboren podrían ser sancionadas con una multa de 100 UIT (S/. 395,000), según un proyecto de resolución del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA).

Dicha entidad publicó hoy en el diario oficial El Peruano el proyecto denominado “Tipificación de infracciones y escala de sanciones aplicable a las Consultoras Ambientales”, en el cual establece las 6 infracciones administrativas leves, graves y muy graves en las que pueden incurrir las referidas consultoras.

Brindar información falsa es considerada en esta tipificación como la infracción administrativa muy grave.

Entre las infracciones graves se encuentran elaborar y/o suscribir estudios ambientales y/o otra documentación a ser presentada ante la autoridad competente en el marco del SEIA, sin contar con la resolución de inscripción o renovación de inscripción en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales a cargo del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace).

Elaborar y/o suscribir estudios ambientales para un sector en el que no se encuentra inscrito es considerada también una infracción administrativa grave.

Según el proyecto, estas dos infracciones graves tienen multas de 35 UIT (S/. 138,250).

La OEFA estableció además que brindar información desactualizada o sin sustento técnico en los estudios ambientales que se elaboren es otra infracción grave pero la multa aplicada a la misma es de 20 UIT (S/. 79,000)

En tanto, entre las infracciones leves se encuentra no actualizar en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales datos como la modificación de sus estatutos, cambio de domicilio o de equipos multidisciplinarios Otra infracción leve es no brindar capacitación a los profesionales que integran los equipos multidisciplinarios a su cargo, en los plazos establecidos.

En ambos casos, la multa es de 10 UIT (S/. 3,900).

Al dar cuenta de este proyecto –que cuenta con las observaciones y sugerencias de los interesados- la OEFA señaló que “la norma tiene por finalidad garantizar la aplicación efectiva de los principios de proporcionalidad, razonabilidad, gradualidad y no confiscatoriedad”.

(Por Carmen Anaya Valer)

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