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¿Cómo diferenciar la intermediación laboral del outsourcing?

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Redacción digital

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23 Junio, 2017 / 5:10 pm

Por Rodrigo Yépez, gerente general del Grupo Eulen Perú

En la actualidad, las organizaciones enfrentan cantidad de cambios y tendencias que influyen en las decisiones administrativas. Como parte de esta transformación, la tercerización u el outsourcing de los servicios profesionales especializados, se han convertido en la base del éxito de la gestión de los recursos y optimización de los procesos empresariales. En Perú, ocho de cada diez empresas optan por la tercerización, y al hacerlo, el 90% de ellas se vuelve más productiva.

Sin embargo, en este proceso se generan confusiones entre la intermediación laboral y el outsourcing. ¿Pero realmente existirá diferencia alguna? Si fuera así, ¿qué opción sería la más indicada para el tipo de empresa donde se trabaja? Para ello es importante identificar cuáles son las principales diferencias entre el outsourcing y la intermediación laboral.

Las actividades de intermediación pueden ser de carácter temporal, especializado o complementario sin estar relacionadas directamente con el core business de la empresa usuaria. En este tipo de servicio es de gran importancia su desarrollo, es decir, existe una preocupación por la calidad e idoneidad en el servicio. Mientras que en el outsourcing se presta un servicio integral y de calidad que resulta ser parte de la cadena productiva de la empresa usuaria.

Con respecto a la fiscalización y dirección. En la intermediación, la empresa que solicita el servicio tiene facultades sobre su proveedor. En caso contrario, en el outsourcing la relación es meramente comercial, solo puede haber coordinación y la empresa usuaria no tiene poder alguno sobre el personal del tercero (dirección, fiscalización y mucho menos sanción), aquí sólo existe un control de calidad o satisfacción del servicio.

La externalización de procesos de negocio es sinónimo de rentabilidad, ahorro de tiempo y costes y eficacia empresarial. Tanto en la intermediación como en la tercerización (outsourcing), se produce en favor del cliente; sin embargo, el costo de prestar el servicio es más alto en la intermediación y el que podría ser más variable. Tal costo lo asume la intermediadora.

Por otro lado, desde una perspectiva de ahorro, la tercerización de servicios permite reducir y controlar los costos del proceso o función que se externalice, además tiene menos costos administrativos y regulatorios. Mientras que la intermediación laboral, aunque trate de hacerse por un tema económico, por el tipo de servicios más usuales, es difícil controlarlo en virtud a los cambios en la legislación laboral, lo que impacta directamente la estructura de costo. Asimismo, esta se encuentra sujeta a más fiscalizaciones para las empresas formales.

Aunque las diferencias son técnicas, ambas herramientas apuntan a lo mismo, externalizar el costo de una empresa usuaria a otra que asuma el costo y riesgo laboral de la actividad que se le encarga, en ese caso convendría unificar las figuras como otros países latinoamericanos. Ello no tendría por qué desproteger los derechos laborales de los trabajadores, pues las normas laborales deben cumplirse igual bajo cualquier esquema.