Economía

CCL cuestiona la nueva ley de Contrataciones del Estado

Gan@Más

Redacción digital

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1 Marzo, 2016 / 10:09 am

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) expresó su preocupación en torno al nuevo reglamento de Contrataciones con el Estado -que entró en vigencia el pasado 9 de enero- debido a que cae en la sobrerregulación y subjetividad en la aplicación de sus procesos, generando así el encarecimiento de contratar con el Estado y desmotivando a la inversión privada.

Uno de los puntos más controvertidos en la nueva norma es la reducción en el porcentaje de adelanto que otorga el Estado a la empresa contratista para iniciar una determinada obra, señaló Raúl Barrios, vicepresidente de la CCL. Antes se daba hasta el 60% del total del costo de la obra en adelanto. Ahora ese monto ha bajado a la mitad.

“Reducir el monto de adelanto trasladaría un costo adicional al Estado debido a que para ejecutar la obra el contratista buscará financiarse. Este costo tendría que ser incluido en el monto total de la propuesta económica del contratista”, dijo Barrios.

(LEA También: OSCE: Nueva Ley de Contrataciones del Estado impedirá actos de corrupción)

Otro tema complicado es el referido a los recursos de apelación. Según Barrios, el nuevo reglamento establece que si el monto de la licitación es menor de 65 UIT, y por diversos motivos se tiene que apelar algo, el recurso debe presentarse ante la misma entidad que convocó la licitación. Es decir, el contratante será juez y parte.

“De acuerdo con el tratado de libre comercio (TLC) que se tiene con Estados Unidos, en aras de la imparcialidad y transparencia, la apelación siempre tiene que ir ante una entidad distinta de la que convocó la licitación, por lo cual una empresa estadounidense que contrate con el Estado podría exigirle que así sea”, sostuvo el vicepresidente de la CCL.

Asimismo, llamó la atención en torno a la inserción de la figura de Valor Estimado, donde se mantiene oculto el monto del valor de la obra y se establece que el postulante será descalificado si su propuesta económica sobrepasa el monto establecido por dicho concepto.

“Antes este valor era publicado bajo la forma de Valor Referencial, lo cual servía para que el postor sepa bajo qué condiciones económicas se presentaba”, agregó Barrios.

A su vez, el proceso de evaluación de propuestas se vuelve subjetivo debido que bajo la nueva norma se califica la propuesta técnica y económica al mismo tiempo, persuadiendo al funcionario público a otorgar un puntaje bajo al postor que consigne un monto elevado en su propuesta económica.

Lo positivo de la norma

Entre los alcances positivos, Barrios destacó el hecho de que se pueda subsanar omisiones en las ofertas. También es positivo que se haya puesto un tope de 200 UIT para la garantía al OSCE, en caso de apelación ante el Comité de Licitación. Por último, destacó que algunas infracciones que se producían en la anterior ley ya no serán sancionadas con la suspensión del contratista, sino con la aplicación de una multa.

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